Valida si las firmas electrónicas y sellos de tiempo de un documento son válidos y
si
pertenecen a la Autoridad Certificadora de Presidencia del Gobierno de El
Salvador.
Esta validación solo aplica para firmas de uso administrativo
(firma
simple) según lo dispuesto en la Ley de Firma Electrónica (Art. 6, 29 y 33) y Ley de
Procedimientos Administrativos (Art. 4-20).